El mundo de los equipos de protección individual (EPI) está en constante evolución (normas, tecnologías, ergonomía, etc.). Frente a esta evolución, es necesario que la empresa permita a sus empleados actualizar sus competencias.
La formación que ofrecemos permite a los participantes adquirir o ampliar sus conocimientos técnicos y normativos con el fin de asesorar mejor al usuario en la selección de equipos adaptados a los riesgos a los que está expuesto.
Nuestros programas de formacións pueden adaptarse a sus necesidades. Pueden incluir todas las familias de EPI u orientarse hacia temas más específicos.
Durante nuestras sesiones, presentamos todas las normas y cómo interactúan con los diferentes EPI mediante demostraciones e intercambios de experiencias.
Al final de la sesión, se puede ofrecer una prueba de evaluación de conocimientos para asegurarse de que se han comprendido bien los temas presentados.
Los EPI anticaídas, que son EPI de categoría 3, están estrictamente regulados por el Reglamento (UE) 2016/425, son esenciales y cada vez se usan más sobre el terreno y están más controlados.
El riesgo mortal que representan los trabajos en altura, el carácter técnico de los EPI anticaídas y la complejidad del marco reglamentario, suelen intimidar a las personas no especializadas en la seguridad de los trabajos en altura.
No obstante, les incumbe a todos los sectores de actividad y los anticaídas están presentes en todos los canales de distribución de EPI, incluyendo los no especializados, como las tiendas de materiales, el comercio electrónico, etc.
Por ello COVERGUARD le proporciona orientación sobre esta gama y le ofrece:
Póngase en contacto con su interlocutor Coverguard o contácte nuestra experta anticaída para más información.
¿POR QUÉ? El marco reglamentario
Los Equipos de Protección contra las caídas de altura deben someterse a revisiones periódicas anuales como mínimo. Es una obligación de la norma EN365 «Equipos de
protección individual contra caídas de altura - Requisitos generales para las instrucciones de uso, el mantenimiento, la revisión periódica, la reparación, el marcado y el
embalaje», así como uno de nuestros requisitos como fabricante.
Esta obligación recae sobre el usuario.
¿QUÉ? Productos que deben revisarse
TODOS los EPI anticaídas deben someterse a una inspección reglamentaria, entonces todos nuestros anticaídas Coverguard se deben revisar :
¿CUÁNDO? Frecuencia
Al menos una vez al año. El plazo de 12 meses empieza a contar a partir de la fecha del primer uso, que deberá indicarse en el registro de seguridad. Si no se dispone de un registro con la fecha del primer uso, se usará la fecha de compra o de fabricación. Este control debe documentarse y registrarse.
Recomendamos inspeccionar sus EPI anticaídas si existe la más mínima duda y después de un uso intensivo..
¿QUIÉN? Una persona competente
Según la norma EN365: «Una persona que tenga conocimiento de los requisitos vigentes relativos a las revisiones periódicas y las recomendaciones e instrucciones del fabricante que se apliquen al componente, subsistema o sistema que deba revisarse».
Realizamos la revisión de nuestros anticaídas, contácte su interlocutor Coverguard !
¿CÓMO? El resultado
El resultado de la revisión periódica debe documentarse en un registro de seguridad. Si el equipo no supera estos controles, debe ser desechado. El material debe destruirse.